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Extracto de
los estatutos VBV |
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| * Principio de responsabilidad
El sistema normativo -Normativa VBV- establecido para la
unidad de criterios está compuesto por:
los estatutos de la Federación de
Asociaciones de Veteranos Boinas Verdes de España (Federación VBV), los estatutos
comunes para todas las asociaciones VBV y los reglamentos y normas que le afectan.
Estatutos, reglamentos, normas y otros comunicados
determinan la
vida de las asociaciones VBV, orientan la actuación de sus dirigentes y socios y
por ello, cuando se actúa públicamente en nombre de una Asociación VBV, o vistiendo
prendas consideradas de uniformidad o se invoquen modos o expresiones genuinas de las
mismas, y se haga todo de acuerdo con lo que viene determinado en la Normativa VBV, la
responsabilidad será asumida por la Asociación VBV correspondiente, en cuanto ente con
personalidad jurídica propia.
Por el contrario, cuando dirigentes o socios, individual o
colectivamente actúen o se expresen públicamente sin respetar la Normativa VBV, todos
ellos quedarán fuera del ámbito jurídico de la misma, y ésta no se hará
responsable de sus actos; ello independientemente de las actuaciones de todo tipo que
tanto cualquier Asociación VBV, como la Federación, se reserve contra quienes, actuando
así, dañan gravemente la imagen real de las entidades VBV. |
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| * Fines
de las asociaciones VBV
1) Agrupar a todos los que sirvieron en una unidad de Operaciones
Especiales del Ejército español, y que se distinguieron por llevar la «boina
verde» como prenda inconfundible de su especial formación militar.
2) Perpetuar el espíritu de compañerismo y
amistad entre todos sus miembros,
a través de la realización de actividades que
cubran el ocio de los socios con arreglo a sus aficiones y al interés por el fomento de
la convivencia.
3) Promover y apoyar las iniciativas
encaminadas a completar la formación integral de los veteranos boinas verdes como
personas integradas en nuestra sociedad, ayudando especialmente a quienes tienen
dificultad en su integración laboral.
4) Proyectar nuestra acción como prestadores de
servicios a la
sociedad en general; renovando así, con nuestra actitud ejemplar, el juramento de
fidelidad a la Patria que en su día hicimos ante la Bandera.
5) Estimular la relación de amistad entre la
ciudadanía en general con su Ejército, principalmente con las unidades
OE.
6) Queda excluido todo ánimo de
lucro, además de cualquier vinculación con ideologías políticas, económicas, de
confesiones religiosas y gubernamentales. |
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| * Los miembros de las asociaciones VBV
Pueden formar parte de una Asociación VBV todas
las personas de más de 18 años que acepten los compromisos descritos en sus estatutos. Los
miembros de las asociaciones VBV se clasificarán de la siguiente manera:
1) Socios numerarios o de pleno derecho,
cuando se ajusten al
apartado 1 de los fines VBV.
2)
Socios simpatizantes, cuando no se dé el apartado anterior pero sí compartan el
espíritu emanado de ese mismo artículo 2º, y que
esté avalado por dos socios
numerarios.
3)
Socios honorarios, cuando además de compartir ese
espíritu presten servicios relevantes a la asociación, o sean familiares de primer grado
de socios fallecidos.
4) Suscriptores,
quienes no quieran estar sujetos a las obligaciones estatutarias pero sí quieran estar
informados periódicamente de las actividades.
5)
Juveniles, los menores de 18 años
y mayores de 12, hijos de socios o no, que voluntariamente lo soliciten. |
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Derechos
y deberes de los socios VBV
Los estatutos de las asociaciones VBV federadas
deberán reconocer, para los miembros numerarios de la asociación los siguientes
derechos: 1)
Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea
General.
2)
Elegir o ser
elegidos para los puestos de representación o para ejercer cargos directivos.
3)
Ejercer la representación
que se les confiera en cada caso.
4)
Intervenir en el gobierno
y las gestiones, en los servicios y las actividades de la asociación, de acuerdo con las
normas legales y estatutarias.
5)
Exponer, a la Asamblea
General y a la Junta Directiva, todo lo que consideren que pueda contribuir a hacer
más plena la vida de la asociación y más eficaz la realización de los objetivos
sociales.
6)
Solicitar y obtener
explicaciones sobre la administración y la gestión de la Junta Directiva o de los
mandatarios de la asociación.
7)
Ser escuchados previamente a la adopción de medidas
disciplinarias.
8)
Recibir
información sobre las actividades de la asociación.
9)
Utilizar los servicios
comunes que la asociación establezca o tenga a su disposición.
10) Formar parte de los grupos
de trabajo.
11) Poseer un ejemplar de los
estatutos.
12)
Consultar los libros de
la asociación.
13)
Ostentar la
uniformidad y emblemas que se establezcan, así como los distintivos de
dirigencia, especialidad y recompensas que corresponda.
Nota: Los socios honorarios,
simpatizantes, suscriptores y juveniles tienen limitado estos derechos. |
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| Son deberes de los miembros numerarios y simpatizantes de la
asociación:
1) Comprometerse con las finalidades de la
asociación y participar activamente para conseguirlas.
2) Contribuir al sostenimiento de
los gastos de la asociación con el pago de las cuotas, derramas y otras aportaciones
económicas fijadas por los estatutos y aprobadas de acuerdo con estos.
3)
Cumplir con las demás obligaciones, que resulten de las
disposiciones estatutarias.
4)
Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno
de la asociación. |
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* Son causas para ser dado de baja de la asociación:
1) Que lo decida la persona interesada, que ha de comunicar
por escrito su decisión a la Junta Directiva.
2) No satisfacer las cuotas fijadas.
3) No cumplir las obligaciones estatutarias. |
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* Los emblemas representativos VBV
1) Como emblema honorífico,
el propio de las unidades de
O. E. del Ejército de Tierra, formado por un machete plateado y la corona de hojas de
roble doradas. Este emblema será utilizado con el mayor respeto, acorde con los méritos
contraído por todos los que han hecho posible el prestigio de esas unidades, y según las
normas de régimen interno de la Federación VBV.
2) Como emblema corporativo -para todas las asociaciones
VBV federadas-, se adopta el formado por una boina verde cruzado en diagonal por un
machete y verticalmente por la inscripción "FEDERACIÓN"; sobre el margen
derecho las siglas VBV apaisada, en colores rojo las «Vs» y gualda la
«B» |
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| * Sobre la uniformidad
Este concepto no aparece en los estatutos,
se considera reglamento interno.
Sobre la base de su utilización como símbolo de unidad entre las
asociaciones VBV se hace recomendable que, para determinadas actividades o
actos, nos esforcemos en dar una imagen de organización mediante el
uso de prendas iguales o semejantes, de inspiración militar pero de
corte deportivo y de aventura, en las que domine el color verde en
sus distintas tonalidades.
El símbolo inequívoco de unidad entre todos los veteranos boinas verdes
es la «boina verde» que deberá
ser llevada en todas las actividades y actos civiles o castrenses en los
que participemos o asistamos.
Otras prendas homologadas y suministradas por el Bazar VBV son:
camiseta, polo, sudadera y polar.
Todas las
prendas llevarán el emblema corporativo de las asociaciones VBV junto al
emblema OE.
La boina verde, como símbolo más representativo de todos los que han
servido en una unidad OE, sólo debe ser portada por quienes reúnan esa condición,
entendiéndose que fue merecedor de ella en virtud del buen aprovechamiento de la especial
instrucción militar recibida. Las asociaciones VBV no están autorizadas a conceder esa
distinción a nadie, esa atribución se considera exclusiva de los jefes de esas
unidades OE.
Las asociaciones VBV
son entidades que se rigen por criterios absolutamente civiles, ni son iniciativas
paramilitares ni están encuadradas en la Reserva Militar; por lo que el uso de
uniformes militares queda limitado, exclusivamente, a actividades que por sus
peculiaridades así lo recomiende en su convocatoria, estando sujeto a reglamento y a
la revista oportuna. |
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