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Extracto de los estatutos VBV

* Principio de responsabilidad

El sistema normativo -Normativa VBV- establecido para la unidad de criterios está compuesto por: los estatutos de la Federación de Asociaciones de Veteranos Boinas Verdes de España (Federación VBV), los estatutos comunes para todas las asociaciones VBV y los reglamentos y normas que le afectan.

Estatutos, reglamentos, normas y otros comunicados determinan la vida de las asociaciones VBV, orientan la actuación de sus dirigentes y socios y por ello, cuando se actúa públicamente en nombre de una Asociación VBV, o vistiendo prendas consideradas de uniformidad o se invoquen modos o expresiones genuinas de las mismas, y se haga todo de acuerdo con lo que viene determinado en la Normativa VBV, la responsabilidad será asumida por la Asociación VBV correspondiente, en cuanto ente con personalidad jurídica propia.

Por el contrario, cuando dirigentes o socios, individual o colectivamente actúen o se expresen públicamente sin respetar la Normativa VBV, todos ellos quedarán fuera del ámbito jurídico de la misma, y ésta no se hará responsable de sus actos; ello independientemente de las actuaciones de todo tipo que tanto cualquier Asociación VBV, como la Federación, se reserve contra quienes, actuando así, dañan gravemente la imagen real de las entidades VBV.


* Fines de las asociaciones VBV

1) Agrupar a todos los que sirvieron en una unidad de Operaciones Especiales del Ejército español, y que se distinguieron por llevar la «boina verde» como prenda inconfundible de su especial formación militar.

2) Perpetuar el espíritu de compañerismo y amistad entre todos sus miembros, a través de la realización de actividades que cubran el ocio de los socios con arreglo a sus aficiones y al interés por el fomento de la convivencia.

3) Promover y apoyar las iniciativas encaminadas a completar la formación integral de los veteranos boinas verdes como personas integra
das en nuestra sociedad, ayudando especialmente a quienes tienen dificultad en su integración laboral.

4) Proyectar nuestra acción como prestadores de servicios a la sociedad en general; renovando así, con nuestra actitud ejemplar, el juramento de fidelidad a la Patria que en su día hicimos ante la Bandera.

5) Estimular la relación de amistad entre la ciudadanía en general con su Ejército, principalmente con las unidades OE.

6) Queda excluido todo ánimo de lucro, además de cualquier vinculación con ideologías políticas, económicas, de confesiones religiosas y gubernamentales.


* Los miembros de las asociaciones VBV

Pueden formar parte de una Asociación VBV todas las personas de más de 18 años que acepten los compromisos descritos en sus estatutos. Los miembros de las asociaciones VBV se clasificarán de la siguiente manera:

1) Socios numerarios o de pleno derecho, cuando se ajusten al apartado 1 de los fines VBV.

2) Socios simpatizantes, cuando no se dé el apartado anterior pero sí compartan el espíritu emanado de ese mismo artículo 2º, y que
esté avalado por dos socios numerarios.

3) Socios honorarios, cuando además de compartir ese espíritu presten servicios relevantes a la asociación, o sean familiares de primer grado de socios fallecidos.

4) Suscriptores, quienes no quieran estar sujetos a las obligaciones estatutar
ias pero sí quieran estar informados periódicamente de las actividades.

5) Juveniles, los menores de 18 años y mayores de 12, hijos de socios o no, que voluntariamente lo soliciten.


Derechos y deberes de los socios VBV

Los estatutos de las asociaciones VBV federadas deberán reconocer, para los miembros numerarios de la asociación los siguientes derechos:

1) Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea General.

2) Elegir o ser elegidos para los puestos de representación o para ejercer cargos directivos.

3) Ejercer la representación que se les confiera en cada caso.

4) Intervenir en el gobierno y las gestiones, en los servicios y las actividades de la asociación, de acuerdo con las normas legales y estatutarias.

5) Exponer, a la Asamblea General y a la Junta Directiva, todo lo que consideren que pueda contribuir a hacer más plena la vida de la asociación y más eficaz la realización de los objetivos sociales.

6) Solicitar y obtener explicaciones sobre la administración y la gestión de la Junta Directiva o de los mandatarios de la asociación.

7) Ser escuchados previamente a la adopción de medidas disciplinarias.

8) Recibir información sobre las actividades de la asociación.

9) Utilizar los servicios comunes que la asociación establezca o tenga a su disposición.

10) Formar parte de los grupos de trabajo.

11) Poseer un ejemplar de los estatutos.

12) Consultar los libros de la asociación.

13) Ostentar la uniformidad y emblemas que se establezcan, así como los distintivos de dirigencia, especialidad y recompensas que corresponda.

Nota: Los socios honorarios, simpatizantes, suscriptores y juveniles tienen limitado estos derechos.


Son deberes de los miembros numerarios y simpatizantes de la asociación:

1) Comprometerse con las finalidades de la asociación y participar activamente para conseguirlas.

2) Contribuir al sostenimiento de los gastos de la asociación con el pago de las cuotas, derramas y otras aportaciones económicas fijadas por los estatutos y aprobadas de acuerdo con estos.

3) Cumplir con las demás obligaciones, que resulten de las disposiciones estatutarias.

4) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno de la asociación.


* Son causas para ser dado de baja de la asociación:

1) Que lo decida la persona interesada, que ha de comunicar por escrito su decisión a la Junta Directiva.

2) No satisfacer las cuotas fijadas.

3) No cumplir las obligaciones estatutarias.

Emblema de OE del Ejército de Tierra español Emblema de las asociaciones españolas federadas de "Veteranos Boinas Verdes" (VBV)

* Los emblemas representativos VBV

1) Como emblema honorífico, el propio de las unidades de O. E. del Ejército de Tierra, formado por un machete plateado y la corona de hojas de roble doradas. Este emblema será utilizado con el mayor respeto, acorde con los méritos contraído por todos los que han hecho posible el prestigio de esas unidades, y según las normas de régimen interno de la Federación VBV.

2) Como emblema corporativo -para todas las asociaciones VBV federadas-, se adopta el formado por una boina verde cruzado en diagonal por un machete y verticalmente por la inscripción "FEDERACIÓN"; sobre el margen derecho las siglas VBV apaisada, en colores rojo las «Vs» y gualda la «B»


* Sobre la uniformidad

Este concepto no aparece en los estatutos, se considera reglamento interno.

Sobre la base de su utilización como símbolo de unidad entre las asociaciones VBV se hace recomendable que, para determinadas actividades o actos, nos esforcemos en dar una imagen de organización mediante el uso de prendas iguales o semejantes, de inspiración militar pero de corte deportivo y de aventura, en las que domine el color verde en sus distintas tonalidades.

El símbolo inequívoco de unidad entre todos los veteranos boinas verdes es la «boina verde»
que deberá ser llevada en todas las actividades y actos civiles o castrenses en los que participemos o asistamos.


Otras prendas homologadas y suministradas por el Bazar VBV son: camiseta, polo, sudadera y polar.
Todas las prendas llevarán el emblema corporativo de las asociaciones VBV junto al emblema OE.

La boina verde, como símbolo más representativo de todos los que han servido en una unidad OE, sólo debe ser portada por quienes reúnan esa condición,
entendiéndose que fue merecedor de ella en virtud del buen aprovechamiento de la especial instrucción militar recibida. Las asociaciones VBV no están autorizadas a conceder esa distinción a nadie, esa atribución se considera exclusiva de los jefes de esas unidades OE.

Las asociaciones VBV son entidades que se rigen por criterios absolutamente civiles, ni son iniciativas paramilitares ni están encuadradas en la Reserva Militar; por lo que el uso de uniformes militares queda limitado, exclusivamente, a actividades que por sus peculiaridades así lo recomiende en su convocatoria, estando sujeto a reglamento y a la revista oportuna.


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